| Madrid, 30 de enero de 2007 Durante el mes y medio que ha durado la negociación, la dirección de la empresa ha atendido gran parte de las peticiones de la representación sindical, entre ellas un paquete de garantías de futuro para las factorías de Renault en España. Estas garantías incluyen un Plan Trienal de Inversiones, un Plan de Bajas Voluntario, el Contrato de Relevo y el compromiso de que Carrocería Montaje de Valladolid sea prioritaria en las adjudicaciones de nuevos vehículos de la gama I a partir de 2009. Garantías que despejan cualquier duda sobre el futuro de Renault España y aseguran la competitividad de sus factorías. Con la firma de este preacuerdo, empresa y sindicatos mayoritarios (UGT, CCOO y Confederación de Cuadros Profesionales) cumplieron el compromiso adquirido, al inicio de las negociaciones, de llegar a un acuerdo global antes del 31 de enero. El contenido de este preacuerdo del Convenio Colectivo 2007- 2009 se detalla textualmente a continuación VIGENCIA SALARIOS - Incremento del IPC previsto en cada uno de los 3 años de vigencia del Convenio.
- CLÁUSULA DE REVISION SALARIAL: Mantenimiento de la existente, con aplicación únicamente a cada uno de los meses concretos en que el IPC acumulado real supere, efectivamente, la previsión del Gobierno para ese año, por la diferencia entre la previsión oficial y el IPC real de cada año.
- PRIMA DE INCENTIVO A LA PRODUCTIVIDAD: Se traspasa un 10% de su valor en 2006 a la Prima ligada a resultados, que se incluirá para el cálculo de ésta última prima y para determinar el importe máximo y mínimo de la misma.
- PRIMA LIGADA A RESULTADOS: Se introduce un nuevo criterio, la Calidad, cuyo resultado es común para toda la plantilla, manteniendo los tres ya existentes. Como consecuencia de este nuevo criterio, se incrementa el máximo de puntos a conseguir al año hasta 192 (48 por criterio).
- El valor en 2006 del 10% traspasado desde la Prima de Incentivo a la Productividad se incluirá para el cálculo de la Prima ligada a resultados y para determinar el importe máximo y mínimo de la misma, conforme a la agrupación económica y nivel profesional de cada trabajador.
- El importe de la Prima ligada a resultados se abonará en dos momentos diferenciados:
- En el mes de octubre del año de generación de la Prima, se abonará un adelanto de la misma.
- En el mes de abril del año siguiente al de generación de la Prima, se procederá a la liquidación de los importes pendientes.
- Asimismo, se garantiza que cada año se pagará en concepto de Prima Ligada a resultados, en todo caso, 180 euros más el 50% del 10% del valor en 2006 de la Prima de Incentivo a la Productividad (ejemplo: oficial de 3ª nivel 7, mínimo garantizado 394,07 euros). Este mínimo garantizado se actualizará en 2008 y 2009 conforme al incremento de Convenio.
- PLUS DE MODIFICACIÓN DE LA DEMANDA: El valor del mismo quedará congelado con el valor de 2006 durante los tres años de vigencia del Convenio.
- PAGAS EXTRAORDINARIAS DE MARZO Y DE SEPTIEMBRE: El valor de las pagas extraordinarias de marzo y septiembre se actualizará cada año conforme al 50% del incremento del IPC real de cada año, durante la vigencia del Convenio Colectivo.
FLEXIBILIDAD - BOLSA DE HORAS: Ampliación a +30 y -25 de los límites del saldo de la misma, estableciendo los siguientes preavisos:
- En situación normal: 4 días para trabajar (lunes para trabajar el sábado) y 3 días para descansar (martes para descansar el viernes).
- Mantenimiento del preaviso reducido existente en este momento (48 horas para trabajar y 24 horas para descansar)
- Se establece hasta un máximo de 18 sábados mañana de trabajo obligatorios por trabajador y año (domingos noche en el caso del turno fijo de noche).
- El sistema de compensación de los días de trabajo por bolsa será el siguiente:
- Si el saldo de la bolsa colectiva a la que pertenezca el trabajador se encuentra entre +30 y -25, cada día de trabajo por bolsa se compensará con 1 día de descanso que se incluirá en la bolsa colectiva y el abono del Plus de Modificación de la Demanda conforme a su valor en 2006.
- Si el saldo de la bolsa colectiva a la que pertenezca el trabajador supera el límite negativo de -25 (de -26 en adelante), cada día de trabajo por bolsa se compensará con 1,75 días de descanso que se incluirán en la bolsa colectiva.
- MEDIDAS PARA AFRONTAR SITUACIONES ESPECIALES DE PRODUCCIÓN: Los días de trabajo en sábados de carácter voluntario previstos en el Anexo VIII del Convenio Colectivo quedan reducidos a 6 por turno y año, los cuales se retribuirán con el valor de la hora extraordinaria.
MOVILIDAD - Ambas partes, ante la complejidad del tema, acuerdan que la Comisión Central de Movilidad acuerde los criterios a aplicar en la movilidad entre Valladolid y Palencia (y viceversa), antes del 31 de marzo de 2007, bajo la base de los planteamientos expuestos por la Dirección de la Empresa en el proceso negociador. Tras su consenso, los acuerdos alcanzados quedarán sujetos a ratificación por los órganos centrales para su inclusión en Convenio.
GESTION POR COMPETENCIAS - Ambas partes acuerdan que la Comisión Central de Formación estudie la adaptación del Convenio al sistema de gestión por competencias. Este trabajo deberá estar concluido antes del 31 de mayo de 2007, para su inclusión en Convenio.
MEJORAS EN ASPECTOS SOCIALES SEGURO DE VIDA Y ACCIDENTES: Se mejora la póliza del seguro de vida y de accidentes: Seguro de Vida | Convenio Anterior | Propuesta | Incremento | | 11.600 euros | 12.600 euros | 1.000 euros | Seguro de Accidentes | Convenio Anterior | Propuesta | Incremento | | 25.400 euros | 26.400 euros | 1.000 euros | MUTUA Durante la vigencia del Convenio Colectivo las aportaciones de la Empresa pasarán a ser, por trabajador afiliado, de: - Año 2007: 20 euros
- Año 2008: 22 euros
- Año 2009: 25 euros
ACTUALIZACION Y MODERNIZACIÓN DEL TEXTO DEL CONVENIO Creación de una comisión que, antes del 15 de abril, estudie la actualización y modernización del articulado del Convenio. COMISION CENTRAL DE SALUD LABORAL Se acuerda que en el seno de esta comisión se traten todos los temas relacionados con la igualdad y la conciliación de la vida familiar y laboral, alcanzando un acuerdo en los tres meses siguientes a la entrada en vigor de la futura Ley de Igualdad. ARTÍCULO 64 DEL CONVENIO COLECTIVO Las partes manifiestan expresamente someterse íntegramente al presente Convenio y que, por tanto, no se verá afectado por ningún otro Acuerdo o Convenio vigente o que pueda pactarse en el futuro, de ámbito estatal o sectorial, durante su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009. GARANTÍAS DE FUTURO "La Empresa se compromete, independientemente de la fabricación de Modus y de R77, en continuar fabricando el nuevo Clio en la fábrica de Montaje de Valladolid, si bien los volúmenes estarán fijados en función de la demanda de cada momento. Por otro lado, el plan industrial de la gama I que da continuación al Renault Contrat 2009 está en curso de elaboración. En el marco de este plan, la Dirección de la Empresa se compromete a que la factoría de Carrocería Montaje de Valladolid sea prioritaria para la afectación de la fabricación de un vehículo de la gama I, más allá del Modus, del R77 y del nuevo Clio, con la perspectiva de volver de forma duradera a dos equipos." PLAN TRIENAL DE INVERSIONES Para los años 2007, 2008 y 2009 existe un plan trienal de inversiones previsto para las factorías de Renault España en línea con el trienio anterior, con una inversión media prevista para cada año de 176 millones de euros. PLAN DE BAJAS VOLUNTARIAS INCENTIVADAS Se introducirá en el texto del Convenio el contenido del Plan de Bajas Voluntarias Incentivadas que sea acordado por el Comité Intercentros. CONTRATO DE RELEVO Desde el 1 de julio de 2008 podrán acogerse al contrato de relevo los trabajadores del Grupo Obrero que cumplan 60 años en el periodo comprendido entre el 1 de mayo de 2008 y el 31 de diciembre de 2009, hasta un tope máximo de 1.100 contrataciones. Los trabajadores relevistas que se incorporen serán contratados bajo la modalidad de contrato de duración determinada prevista por el Estatuto de los Trabajadores. Los trabajadores que pudiendo haberse acogido al Plan de Bajas Voluntarias no lo hayan hecho, no tendrán opción al contrato de relevo hasta el último trimestre de 2009, siempre y cuando no se hubieran cubierto las 1.100 contrataciones anteriormente indicadas. PLAN DE INVALIDEZ Se mantiene el Plan de Invalidez en los términos y condiciones del Convenio 2004-2006, salvo que no se procederá a ninguna sustitución. |